Cambios en regulación Forex en la UE

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Cambios en regulación Forex en la UE

Notapor FXWizard » 16 Dic 2017, 02:31

Con la entrada en vigor de MiFid II en 2018, la European Securities Markets Authority (ESMA) planea prohibir las opciones binarias y bajar el apalancamiento en Forex y CFDs a un nivel entre 1:30 y 1:5.

Tenéis todos los detalles en Finance Magnates:

https://www.financemagnates.com/forex/b ... 130-lower/

Parece que soplan vientos reformistas en el Forex...

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Re: Cambios en regulación Forex en la UE

Notapor jagrande69 » 30 Ene 2018, 03:22

FXWizard, esto supone que los brokers regulados en Reino Unido, luego del Brexit no estarían contemplados en la nueva normativa. Es así?
jagrande69
 
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Re: Cambios en regulación Forex en la UE

Notapor FXWizard » 30 Ene 2018, 11:56

jagrande69 escribió:FXWizard, esto supone que los brokers regulados en Reino Unido, luego del Brexit no estarían contemplados en la nueva normativa. Es así?


Está por ver, aunque debes tener en cuenta que la tendencia a nivel global es de la converger en cuanto a regulación, al menos en lo que respecta a EEUU, UK y UE. De hecho, si no recuerdo mal la FCA se adelantó a la ESMA hace ya unos meses como puedes ver en este post:

https://www.financemagnates.com/forex/b ... erage-cap/

También van a poner firmes a los brokers de opciones binarias:

https://www.financemagnates.com/forex/r ... ypto-cfds/

Resumiendo: si bien lo que diga la ESMA seguramente ya no afecte a los brokers con sede en UK, seguramente la FCA implemente incluso las mismas normas o más restrictivas. Y es que hay que poner orden en el mercado (de hecho creo que el regulador llega tarde... como casi siempre).


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Re: Cambios en regulación Forex en la UE

Notapor FXWizard » 27 Mar 2018, 12:14

Bueno pues ya tenemos la normativa definitiva, os paso por aquí una traducción del comunicado que ha salido hoy:

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) ha acordado medidas para la provisión de contratos por diferencias (CFD) y opciones binarias para inversores minoristas en la Unión Europea (UE).

Las medidas acordadas incluyen:

1. Opciones binarias: prohibición de comercializar, distribuir o vender opciones binarias a inversores minoristas; y

2. Contratos por diferencias: una restricción a la comercialización, distribución o venta de CFD a inversores minoristas. Esta restricción consiste en: límites de apalancamiento en las posiciones de apertura; una regla de cierre de margen por cuenta; una protección de saldo negativo por cada cuenta; prevenir el uso de incentivos por un proveedor de CFD; y una advertencia de riesgo específica y firme entregada de manera estandarizada.

De acuerdo con MiFIR, la AEVM solo puede introducir medidas de intervención temporal trimestralmente. Antes de que finalice el trimestre, la AEVM considerará la necesidad de ampliar las medidas de intervención por otros tres meses.


Importante preocupación de protección al inversionista
La AEVM, junto con las Autoridades Competentes Nacionales (ANC), concluyó que existe una preocupación importante de protección del inversionista en relación con los CFD y las opciones binarias ofrecidas a los inversores minoristas. Esto se debe a su complejidad y falta de transparencia; las características particulares de los CFDs - apalancamiento excesivo - y las opciones binarias - retorno estructural esperado negativo y conflicto de intereses incrustado entre los proveedores y sus clientes; la disparidad entre el rendimiento esperado y el riesgo de pérdida; y cuestiones relacionadas con su comercialización y distribución.

Los análisis de las NCA sobre el comercio de CFD en diferentes jurisdicciones de la UE muestran que el 74-89% de las cuentas minoristas generalmente pierden dinero en sus inversiones, con pérdidas promedio por cliente que van desde € 1.600 a € 29.000. Los análisis de las NCA para opciones binarias también encontraron pérdidas constantes en las cuentas de los clientes minoristas.

Estas medidas fueron acordadas por la Junta de Supervisores de ESMA el 23 de marzo de 2018.

Steven Maijoor, presidente, dijo:

"Las medidas acordadas que ESMA está anunciando hoy garantizarán una mayor protección de los inversores en toda la UE asegurando un nivel mínimo común de protección para los inversores minoristas. Las nuevas medidas sobre los CFD garantizarán por primera vez que los inversores no pueden perder más dinero de lo que invierten, restringen el uso de apalancamiento e incentivos y proporcionan advertencias de riesgo a los inversores. Para las opciones binarias, la prohibición que estamos anunciando es necesaria para proteger a los inversores debido a las características de los productos.

"La combinación de la promesa de altos rendimientos y plataformas digitales fáciles de comercializar, en un entorno de bajas tasas de interés históricas, ha creado una oferta que atrae a los inversores minoristas. Sin embargo, la complejidad inherente de los productos y su apalancamiento excesivo - en el caso de los CFDs - ha resultado en pérdidas significativas para los inversores minoristas.

"Se requiere un enfoque paneuropeo dada la naturaleza transfronteriza de estos productos, y la intervención de ESMA es la herramienta más adecuada y eficiente para abordar este importante problema de protección de los inversores".

CFDs - medidas acordadas
Las medidas de intervención del producto que ESMA acordó en virtud del artículo 40 del Reglamento sobre Mercados de Instrumentos Financieros incluyen:

1. Límites de apalancamiento en la apertura de una posición por un cliente minorista de 30:1 a 2:1, que varían de acuerdo con la volatilidad del subyacente:

· 30:​​1 para los principales pares de divisas;

· 20:1 para pares de divisas no principales, oro e índices principales;

· 10:1 para productos distintos del oro y los índices de capital no principales;

· 5:1 para acciones individuales y otros valores de referencia;

· 2:1 para las criptomonedas;

2. Una regla de cierre de margen por cuenta. Esto estandarizará el porcentaje de margen (al 50% del margen mínimo requerido) en el que los proveedores deben cerrar uno o más CFD abiertos del cliente minorista;

3. Protección de saldo negativo por cuenta. Esto proporcionará un límite global garantizado para las pérdidas de clientes minoristas;

4. Una restricción a los incentivos ofrecidos para operar CFDs; y

5. Una advertencia de riesgo estandarizada, que incluye el porcentaje de pérdidas en las cuentas de inversionistas minoristas de un proveedor de CFD.


Próximos pasos
La AEVM tiene la intención de adoptar estas medidas en las lenguas oficiales de la UE en las próximas semanas, tras lo cual la AEVM publicará un aviso oficial en su sitio web. Las medidas se publicarán en el Diario Oficial de la UE (DO) y comenzarán a aplicarse un mes, para opciones binarias, y dos meses, para CFD, después de su publicación en el DO.


Creo que los cambios pueden ser positivos para los traders, no así tanto para los brokers (varios de los brokers de CFDs que cotizan en la Bolsa británica caían con fuerza esta mañana).

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Re: Cambios en regulación Forex en la UE

Notapor Culis » 29 Mar 2018, 08:54

Buenas. La verdad es que es una faena para los que íbamos bien con los apalancamientos actuales...Que opciones nos quedan? Brokers australianos?. Por favor si a alguien se le ocurre una idea que la comparta. Un saludo y suerte a todos.
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Re: Cambios en regulación Forex en la UE

Notapor jagrande69 » 29 Mar 2018, 19:24

FxWizard, por curiosidad, los brokers chipriotas estarían contemplados en esta normativa? De ser así, supongo que muchos van a abondonar esta regulación y se van a mover a paraísos fiscales.
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Re: Cambios en regulación Forex en la UE

Notapor FXWizard » 02 Abr 2018, 10:54

jagrande69 escribió:FxWizard, por curiosidad, los brokers chipriotas estarían contemplados en esta normativa? De ser así, supongo que muchos van a abondonar esta regulación y se van a mover a paraísos fiscales.


En efecto, están dentro de la normativa por estar en la UE, veremos cómo reaccionan, por ahora tienen dos meses para adaptarse.

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Re: Cambios en regulación Forex en la UE

Notapor MF1Forex » 10 Abr 2018, 21:27

Joder!... a mi Admiral Markets me acaba de avisar que para seguir en Forex con un apalancamiento mayor a 1:30, me declare como trader profesional.
Eso no tendría importancia si no tubiera que renunciar a la protección de saldo negativo! :blink:

    Por favor, tenga en cuenta que convertirse en Cliente Profesional es crucial para evitar cambios en las configuraciones actuales de trading.
    También tenga en consideración que solicitar ser Cliente Profesional y recibir dicho estado significa renunciar a las protecciones provistas por el regulador, tales como la protección al balance negativo, un enfoque diferente para la mejor ejecución y modo de comunicación.

No mola nada!... y entre otras cosas que ya me espero, como la mala ejecución de las órdenes o bien que me atiendan peor.
https://admiralmarkets.es/professional-client?utm_source=MadMimi&utm_medium=email&utm_content=Cambios+Importantes+en+la+Regulaci%C3%B3n+del+Mercado+Forex+y+CFDs&utm_campaign=20180404_m144821886_MY+-+Important+Update+on+Forex+%26+CFD+Market+Regulation&utm_term=++Solicitar+Clasificaci_C3_B3n+Profesional++

Y no se si firmar todo el papeleo o quedarme de momento a 1:30, visto esto:

Código: Seleccionar todo
Confirmo que cumplo los siguientes criterios (marque todos los que correspondan):
He operado con productos apalancados con Admiral Markets y/o con otros proveedores de servicios con una frecuencia media de 10 órdenes al trimestre a lo largo de los últimos cuatro (4) trimestres con el valor teórico de mis órdenes excediendo los 20,000 EUR.
El tamaño de mi cartera de instrumentos financieros, definida incluyendo los depósitos en metálico y los productos financieros excede los 500.000 EUR (con Admiral Markets u otros proveedores de servicios);
Trabajo o he trabajado en el sector financiero al menos durante un año en un puesto profesional que requiere conocimientos de CFDs y en el mercado de divisas (ejemplo: banca, sector inversor o profesional independiente con experiencia).
Confirmo que al solicitar ser considerado como un cliente profesional tengo el conocimiento necesario y la experiencia asociada con los CFDs y el mercado de divisas; que están conforme a mis objetivos de inversión y que tengo la capacidad financiera de soportar los riesgos asociados.
Confirmo que como Cliente Professional estaré obligado a notificar inmediatamente a Admiral Markets cualquier cambio que afecte a mi clasificación como un Cliente Profesional.

ADVERTENCIA CON RESPECTO A LA CATEGORIZACIÓN PROFESIONAL VS MINORISTA

Las principales diferencias de regulación de protecciones al Cliente Profesional frente al Cliente Minorista pueden resumirse en:

    Communicaciones, incluyendo promociones financieras realizadas por nosotros a Clientes Profesionales no están sujetas a todos los requerimientos impuestos en la Directiva 2014/65/EU (MiFID 2) en comunicaciones a Clientes Minoristas.
    Suministros de información sobre Admiral Markets, sus servicios y remuneración que son requeridos con respecto a Clientes Minoristas no son igualmente requeridos para Clientes Profesionales. Además las obligaciones de informes de Admiral Markets para Clientes Profesionales es menor que para Clientes Minoristas.
    Los Clientes Profesionales podrían no ser aptos para reclamaciones con respecto al respetuoso servicio de protección al consumidor (ejemplo: los Servicios del Financial Ombudsman en el Reino Unido o el  Estonian Consumer Protection Board en Estonia). Sin embargo, si esta operando a nivel personal como consumidor, podría seguir siendo apto para dirigirse al servicio de protección al consumidor.
    Admiral Markets podría no estar requerida de advertir al Cliente Profesional si Admiral Markets no puede determinar si un servicio o producto es apropiado.
    Cuando se proporciona la mejor ejecución al Ciente Profesional, tanto los Clientes Minoristas como los Clientes Profesionales deberán recibir la mejor ejecución bajo los requisitos regulatorios, pero los factores determinantes podrían variar, ya que para el Cliente Profesional, Admiral Markets no está obligada a priorizar el precio y el coste total de la transacción, si creemos que otros factores de ejecución pudieran ser más importantes a la hora de ofrecer la mejor ejecución.
    Medidas que pudieran ser aplicadas cada cierto tiempo por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) como medio de intervención del producto y otras medidas adoptadas por las autoridades nacionales competentes para proteger a los Clientes Minoristas podrían no ser efectivas para Clientes Profesionales.


Habiendo solicitado ser un Cliente Profesinal renuncio a la protección relevante proporcinada al Cliente Minorista y soy conocedor de las consecuencias de tal renuncia.
Reconozco que he leído y comprendido la advertencia con respecto a la persdida de derechos derivada de ser categorizado como Cliente Profesional. 
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